26 de julio de 2010

Elecciones, presentación de resultados y espectáculo

Equipo ONADEM

La presentación de resultados de las elecciones a gobernaciones y alcaldías del pasado 4 de abril tuvo un enfoque centrado en la disyuntiva de si el Movimiento al Socialismo (MAS) había ganado o perdido poder, en un estilo televisivo correspondiente a programas de espectáculo. Además, se trabajó en la presentación de resultados con datos imprecisos; éstos aparecieron con significativas variaciones durante más de tres horas y los diarios los usaron como base para sus ediciones del día siguiente.
Con el objetivo de evaluar la cobertura periodística de la presentación de los resultados de las elecciones, el Observatorio Nacional de Medios (ONADEM) monitoreó seis redes televisivas (ATB, Bolivia TV, Bolivisión, PAT, Unitel y UNO) y 13 diarios nacionales (La Prensa, La Patria, El País, El Nacional, El Día, El Potosí, Correo del Sur, El Deber, Los Tiempos, El Alteño, Opinión, La Palabra y Cambio).
Las elecciones quedaron confirmadas como un hecho mediático fundamentalmente televisivo y sometido a las reglas de la espectacularización propias de ese tipo de programas. Esa misma condición incentivó un crecimiento en el despliegue técnico de la cobertura y en el uso de recursos innovadores para la presentación visual de los resultados en la TV.
Pese al esfuerzo desarrollado para lograr una cobertura geográfica más amplia, los resultados presentados por los medios se refirieron a las capitales departamentales y a un máximo de 26 ciudades intermedias (en Bolivia TV), con lo cual la información fue fundamentalmente “urbana” y se consideró colateral aunque secundaria aquella relativa al ámbito municipal de las provincias.
La modalidad asumida por el trabajo informativo de las redes de televisión dio cuenta de una doble competencia: una relativa al enfrentamiento entre fuerzas políticas por la victoria electoral y otra, paralela, referida a la pugna entre medios de información por ser reconocidos como proveedores de la primicia noticiosa o el análisis más certero.
Esa carrera por ser los primeros en brindar la información llevó reiteradamente a que los medios no consideraran la índole preliminar de los datos de boca de urna; éstos, pese a su dispersión y sus contradicciones, más bien fueron presentados como válidos para definir ganadores y perdedores, desde los momentos iniciales de las emisiones de resultados.
Tal comportamiento –atravesado por la constante creación de un clima de expectativa– propició que se construyeran escenarios de supuestos que originaron no sólo coberturas anticipadas de consecuencias (entrevistas a presuntos ganadores que al final no lo fueron), sino comentarios y análisis carentes de sustento empírico suficiente.
La labor estricta de los periodistas –la información precisa, oportuna y fidedigna– quedó supeditada a la dinámica espectacular alentada por presentadores y presentadoras, a los datos cambiantes de las empresas encuestadoras y a las opiniones de los analistas basadas en esos datos inciertos y cambiantes.
La atención mediática se centró principalmente en la confrontación entre el polo Evo Morales/MAS y el polo oposición política (sobre todo el MSM) y regional (la “media luna”).
Ese enfoque de los hechos simplificó la geografía electoral que se fue estructurando en el país, y mientras la televisión oficial hablaba de una “victoria masista nacional”, la privada prefería referirse a triunfos del MAS en algunos bastiones y derrotas en otros.
Concentrada en la cuestión política nacional de la posesión, la sumatoria o la distribución del poder, la cobertura informativa prácticamente no consideró los procesos electorales en 337 municipios, la conformación de nueve asambleas departamentales ni la elección de otras autoridades departamentales y regionales (diferentes en algunos departamentos).
Al día siguiente de las votaciones, los diarios no sólo reprodujeron los datos emitidos por las redes televisivas la noche anterior (aunque la mayoría de ellos se ciñeron a los datos del conteo rápido y no a la información en boca de urna), hicieron lo mismo con el enfoque del mapa político nacional simplificado y carente de profundidad tanto noticiosa como analítica respecto de la primera concreción –en las urnas y para la conformación de los gobiernos locales, regionales y departamentales– del sistema autonómico.
La información que la televisión y los diarios proporcionaron sobre las elecciones del 4 de abril estuvo, entonces, marcada por una “victoria del apresuramiento” en la cual el periodismo pasó a segundo plano frente al espectáculo, las estadísticas diversas y los recursos gráficos o los efectos especiales. Pero también se distinguió por la interpretación genérica y superficial de un proceso eleccionario que sentaba las bases para materializar una organización estatal sustancialmente distinta, en razón de las autonomías, de la establecida por la Constitución Política hasta febrero de 2009.
Si bien la cobertura mediática ofreció datos y análisis sobre la composición del escenario político general a partir de las votaciones, no llegó a consignar en ese cuadro la información y los alcances referidos a las implicaciones de los resultados electorales en la puesta en marcha de los gobiernos departamentales y locales.

12 de julio de 2010

Votar a ciegas

Erick R. Torrico Villanueva

En contrapartida de lo que podría considerarse como avances para la democracia incorporados en la recién promulgada Ley del Régimen Electoral, esa misma norma introdujo algunas disposiciones que pueden conducir a transformar el “voto secreto” en un “voto a ciegas” en el caso de la elección de las autoridades del Órgano Judicial y el Tribunal Constitucional Plurinacional.

Sucede que dicha ley, en concordancia además con una previsión constitucional, prohibe la realización de toda acción propagandística por parte de los postulantes a los cargos en los ámbitos mencionados, regla que es coherente con la naturaleza de los puestos en disputa, que no son materia para que haya una confrontación entre ofertas electorales. Sin embargo, el problema radica en el hecho de que a la par de esa aceptable limitación fueron establecidas otras por las cuales los electores —los ciudadanos— no podrán recibir ninguna otra información sobre los elegibles que no sea aquella entregada de manera oficial por el Tribunal Supremo Electoral.

En particular, el Artículo 82 de la citada norma se refiere a un “régimen especial de propaganda” y lamentablemente, de manera errónea, incluye a la información y a la opinión como parte del mismo. Aunque en otra parte la Ley del Régimen Electoral entiende por propaganda todo mensaje que se difunda para solicitar el voto, en ese artículo prohibe a los postulantes toda manifestación pública y, por si fuera poco, también prohibe a los medios periodísticos emitir cualquier juicio o noticia sobre esas personas. La única versión que podrá circular respecto de los “méritos” de los candidatos preseleccionados por la Asamblea Legislativa Plurinacional será la preparada oficialmente.

Es claro que aparte de una falta de discriminación conceptual (propaganda no es igual a información ni a opinión) se tiene en este caso un quebrantamiento del Derecho a la Información y la Comunicación y de las libertades de expresión, de prensa e información que están garantizados por la Constitución Política del Estado y que la propia ley en cuestión asume en varios de sus artículos.

Si el votante va a estar imposibilitado de contrastar la información oficial que distribuya el Tribunal Supremo Electoral y no ha de poder conocer la palabra de ninguno de los elegibles se verá forzado a acudir a las urnas —recuérdese que el voto es obligatorio— confiando ciegamente en los datos propalados desde una fuente central que tendrá el poder absoluto sobre los perfiles (estudios y trayectoria profesional, básicamente) de los postulantes.

Una elección tan significativa como la que está anunciada para diciembre próximo, en que por primera vez en la historia del país las autoridades del campo judicial serán seleccionadas mediante el voto universal, puede ver afectados no sólo su sentido y novedad sino —y ahí está lo más grave— su legitimidad por unas restricciones que en los hechos coartan derechos y libertades constitucionalmente garantizados. Pero no será apenas la validez del acto eleccionario la que estará en juego sino también la de su consecuencia, esto es, la de la conformación del Órgano Judicial y del Tribunal Constitucional Plurinacional.

Sería razonable que frente a estos riesgos que crean márgenes de duda sobre la institucionalidad que está en proceso de recomposición se abran espacios y canales de diálogo para promover una reconducción que beneficie al orden democrático. Lo contrario supondría sentar un muy preocupante precedente.